Registro de emisiones y transferencia de contaminantes (E-PRTR)
Las actividades afectadas por el registro E-PRTR (Anexo I del RD 508/2007) deberán informar antes del 28 de febrero, de sus emisiones anuales al aire, al agua, al suelo y generación de residuos, así como informar sobre las emisiones difusas de una serie de sustancias contaminantes especificadas en el Real Decreto.
En la Comunidad Autónoma de Cataluña, la fecha máxima de presentación es el 31 de marzo para establecimientos industriales, y del 1 al 30 de abril para explotaciones ganaderas.
Plan de gestión de disolventes
Las instalaciones en las que se desarrollen actividades incluidas en el Anexo I del Real Decreto 117/2003 (siempre que se realicen superando los umbrales de consumo de disolvente establecidos en el Anexo II), deberán presentar el Plan de Gestión de Disolventes del año precedente para comprobar el cumplimiento de los valores límites de emisión, antes del 31 de marzo.
En la Comunidad Valenciana la fecha máxima es el 28 de febrero.
El trámite se puede realizar a través del aplicativo web del órgano ambiental de la CCAA o en el registro general.
Memoria de productores de residuos peligrosos y declaración anual de productores de residuos industriales
Como novedad todos los productores de residuos peligrosos deberán presentar antes del 1 de marzo, la memoria anual de productores de residuos peligrosos (Ley 7/2022).
En la Comunidad Autónoma de Cataluña, las actividades industriales inscritas en el Registro de productores de residuos industriales que NO GENEREN RESIDUOS PELIGROSOS podrán seguir presentando antes del 31 de marzo, la Declaración de Residuos Industriales (DARI) gestionados en el año anterior (Decreto 93/99)
El trámite se puede realizar a través del aplicativo web del órgano ambiental de la CCAA o en el registro general.
Memoria anual de gestores de residuos
Los gestores de residuos que se encuentren dentro del ámbito de aplicación deberán presentar la Memoria o Declaración Anual de Gestión de Residuos antes del 1 de marzo.
El trámite se puede realizar a través del aplicativo web del órgano ambiental de la CCAA o en el registro general.
Información anual sobre envases puestos en el mercado / declaración anual de envases (DAE)
Como novedad, tras la entrada en vigor del RD 1055/2022, los productores de productos envasados deberán registrarse en el Registro de Productores de Producto. Como novedad, la Información Anual de Envases se deberá presentar mediante el portal web E-SIR, accediendo aquí.
Pendiente de confirmación por parte de las Comunidades Autónomas si se puede seguir presentando mediante el propio portal web o si se deberá presentar por el E-SIR.
Informe de seguimiento del Plan Empresarial de Prevención de Envases (PEP)
Los envasadores que superen los umbrales de envases marcados en el Real Decreto 1055/2022, deberán presentar el Informe Anual de seguimiento antes del día 31 de marzo, y acreditar el grado de cumplimiento de los objetivos previstos en el año natural anterior.
Como novedad, la actualización de las cantidades de envases que los productores de productos, a lo largo de un año natural, introduzcan en el mercado:
El trámite se puede realizar a través del aplicativo web del órgano ambiental de la CCAA o en el registro general.
Pendiente de confirmación por parte de las Comunidades Autónomas si se puede seguir presentando mediante el propio portal web o si se deberá presentar por el E-SIR.
Estudio de minimización de residuos peligrosos
Las actividades generadoras de > 10 toneladas anuales de residuos peligrosos han de realizar un Estudio de Minimización de Residuos Peligrosos cada 4 años. El trámite se puede realizar a través del aplicativo web del órgano ambiental de la CCAA o en el registro general.
Informe de situación periódico (ISP)
El Real Decreto 9/2005 define las Actividades potencialmente contaminadoras como aquellas actividades industriales o comerciales que, ya sea por la producción, manejo o almacenamiento de sustancias peligrosas o por la generación de residuos, pueden contaminar el suelo (actividades clasificadas en el Anexo 1 de la Orden PRA/1080/2017). Para estas actividades se tienen que presentar diferentes tipos de informes de situación (IPS, IS, ISp).
Igualmente, los propietarios de fincas donde en el pasado se haya desarrollado alguna actividad potencialmente contaminante del suelo tendrán que presentar un informe de situación (IS). Revista Retema. 01.02.23